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¿Qué es la Ley Karin y cuales son las responsabilidades de una empresa?

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La Ley 21643, también conocida como Ley Karin, que entra en vigencia el 1 de agosto de 2024, modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales para fortalecer la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y de violencia en el trabajo. Aquí está el resumen de las responsabilidades de la empresa y las medidas necesarias para cumplir con esta ley:

Responsabilidades de la Empresa

Ambiente Libre de Violencia

  • Las relaciones laborales deben basarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género.
  • Conductas prohibidas: acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo por parte de terceros.

Protocolo de Prevención

  • Obligación de contar con un protocolo de prevención y procedimientos para abordar el acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.
  • Los empleadores deben informar a los trabajadores sobre estos protocolos y procedimientos al momento de la suscripción del contrato.

Investigación y Sanción

  • Implementar medidas para prevenir, investigar y sancionar conductas de acoso y violencia en el trabajo.
  • Realizar investigaciones internas o remitir las denuncias a la Inspección del Trabajo.

Capacitación y Sensibilización

  • Informar y capacitar adecuadamente a los trabajadores sobre los riesgos asociados con el acoso y violencia, y las medidas de prevención y protección.
  • Desarrollar programas de formación y educación para prevenir el acoso y violencia en el trabajo.

Medidas de Resguardo

  • Adoptar medidas de resguardo inmediatas cuando se reciba una denuncia de acoso o violencia, considerando la gravedad de los hechos y la seguridad de la persona denunciante.
  • Mantener la privacidad y honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.

Medidas a Implementar para Cumplir con la Ley

Elaboración de Protocolos

  • Desarrollar un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, con detalles sobre la identificación de riesgos, medidas de control, y procedimientos de investigación y sanción.
  • Incorporar el protocolo en el Reglamento Interno o informar a los trabajadores sobre el mismo por escrito.

Capacitación del Personal

  • Implementar programas de capacitación continua para todos los empleados sobre los riesgos psicosociales, derechos y responsabilidades relacionados con el acoso y la violencia en el trabajo.
  • Sensibilizar al personal sobre la importancia de mantener un ambiente laboral respetuoso y libre de violencia.

Creación de Canales de Denuncia

  • Establecer y mantener canales accesibles y confidenciales para la recepción de denuncias de acoso y violencia.
  • Informar semestralmente a los trabajadores sobre estos canales y las instancias estatales para denunciar incumplimientos.

Medidas de Resguardo Inmediato

  • Al recibir una denuncia, implementar medidas de resguardo como la separación de espacios físicos, redistribución del tiempo de jornada, y proporcionar atención psicológica temprana a la persona denunciante.
  • Garantizar que las medidas de resguardo sean proporcionales a la gravedad de los hechos denunciados.

Documentación y Reportes

  • Mantener registros detallados de todas las denuncias y las medidas adoptadas.
  • Reportar semestralmente a los organismos correspondientes sobre el cumplimiento de las normativas de prevención, investigación y sanción del acoso y violencia en el trabajo.

Cuidados a Tener en Cuenta

  • Confidencialidad: Asegurar que todas las denuncias y procedimientos de investigación se manejen con estricta confidencialidad.
  • Imparcialidad: Garantizar que las investigaciones se realicen de manera imparcial, sin favoritismos ni prejuicios.
  • Celeridad: Actuar rápidamente en la recepción y tramitación de denuncias para evitar la perpetuación del daño.
  • Perspectiva de Género: Adoptar medidas y protocolos que consideren la perspectiva de género, promoviendo la igualdad y erradicando la discriminación.

Implementación antes de la Fecha de Vigencia

  • Desarrollo y Aprobación de Protocolos: Crear y aprobar los protocolos de prevención y procedimientos de investigación y sanción.
  • Capacitación Inicial: Realizar sesiones de capacitación iniciales para todos los empleados sobre los nuevos protocolos y procedimientos.
  • Comunicación Interna: Informar a todos los empleados sobre las nuevas medidas, protocolos y sus derechos y responsabilidades antes del 1 de agosto de 2024.

Implementar estas medidas y responsabilidades asegurará el cumplimiento de la Ley 21643, también conocida como Ley Karin, y contribuirá a crear un ambiente laboral seguro y respetuoso.

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Si tienes alguna pregunta o necesitas asistencia, no dudes en contactarnos, estaremos encantados de asistirte en lo que necesites.

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