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Se aprueba reglamento Ley Karin que establece directrices para investigaciones
La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) publicó el día 3 de julio de 2024 una noticia respecto a la aprobación por la Contraloría General de la República del Reglamento de la Ley Karin. Este reglamento, desarrollado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece las directrices necesarias para llevar a cabo investigaciones de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, y entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2024.
Principios Rectores de las Investigaciones
El reglamento enfatiza la necesidad de que las investigaciones se realicen conforme a los principios de perspectiva de género, no discriminación, no revictimización, imparcialidad, celeridad, razonabilidad, debido proceso y colaboración.
Derechos y Obligaciones
Se deben implementar medidas para prevenir, investigar y sancionar el acoso y la violencia en el trabajo. El empleador debe garantizar el cumplimiento de las directrices y adoptar medidas de resguardo necesarias durante la investigación. Además, se deben comunicar las conclusiones y aplicar las sanciones correspondientes según los resultados de las investigaciones.
Procedimiento de Denuncia
El reglamento especifica que las denuncias pueden ser presentadas tanto al empleador como a la Dirección del Trabajo (DT). Una vez recibida una denuncia, se debe proteger a la persona afectada y tomar medidas inmediatas de resguardo. La investigación debe concluir en un plazo de 30 días, tras lo cual el informe y sus conclusiones deben ser remitidos a la DT, que tiene otros 30 días para pronunciarse.
Medidas Correctivas y Sanciones
Las medidas correctivas se enfocan en prevenir y controlar los riesgos identificados, asegurando la no repetición de las conductas denunciadas. También se resalta la importancia de la capacitación y el apoyo psicológico para los trabajadores involucrados. En caso de sanciones como el despido, los afectados tienen el derecho de impugnar la decisión ante el tribunal competente.
Investigaciones de Conductas de Terceros
El reglamento también contempla las conductas de terceros ajenos a la relación laboral, como clientes o proveedores, y establece que estas denuncias deben ser investigadas conforme a las mismas directrices.
Preparación y Capacitación
La SUSESO, junto con el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ha estado trabajando para facilitar la implementación de la Ley Karin. Se han realizado 145 capacitaciones a más de 7,000 trabajadores y empleadores en todo el país, y estas actividades continuarán para asegurar una transición fluida y efectiva a las nuevas normativas.
Link a noticia: https://www.suseso.cl/605/w3-article-733662.html
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